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ANUNCIO del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental por el que se publica la modificación de la Resolución de 30 de julio de 2007 del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que formula Declaración de Impacto Ambiental, se deniega la Autorización Ambiental Integrada para la ampliación de una explotación porcina de cebo hasta una capacidad total de 4.877 plazas en el Término Municipal de Candasnos (Huesca) y se otorga la Autorización Ambiental Integrada para la Explotación Porcina de Cebo existente con capacidad para 3.365 Plazas, situada en el término municipal de Candasnos (Huesca) y promovido por D. Miguel Labara Clemente. (Nº Expte: 500301/02/2006/1056).

Publicado el 23/05/2008 (Nº 65)
Sección: BOA V. Anuncios - Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

ANUNCIO del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental por el que se publica la modificación de la Resolución de 30 de julio de 2007 del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que formula Declaración de Impacto Ambiental, se deniega la Autorización Ambiental Integrada para la ampliación de una explotación porcina de cebo hasta una capacidad total de 4.877 plazas en el Término Municipal de Candasnos (Huesca) y se otorga la Autorización Ambiental Integrada para la Explotación Porcina de Cebo existente con capacidad para 3.365 Plazas, situada en el término municipal de Candasnos (Huesca) y promovido por D. Miguel Labara Clemente. (Nº Expte: 500301/02/2006/1056).

Por Resolución de 30 de julio de 2007 del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental se otorga la Autorización Ambiental Integrada a una explotación porcina de cebo existente con capacidad para 3.365 plazas, en Candasnos y promovida por D. Miguel Labara Clemente, publicada en el «Boletín Oficial de Aragón» nº 99 de fecha 22 de agosto de 2007.

De conformidad con lo establecido en el artículo 49.4 de la Ley 7/2006 de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón y vistas la Resolución de 25 de febrero de 2008 y su corrección de errores de 7 de abril de 2008, ambas del Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se resuelve el recurso de alzada interpuesto por D. Miguel Labara Clemente, se resuelve publicar en el «Boletín Oficial de Aragón» la parte dispositiva de la mencionada Resolución de 25 de febrero de 2008, del Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental que señala textualmente lo siguiente:

«Resuelvo estimar el Recurso de Alzada interpuesto por D. Miguel Labara Clemente, contra la Resolución de 30 de julio de 2007 del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental, se deniega la Autorización Ambiental Integrada para la ampliación de una explotación porcina de cebo hasta una capacidad total de 4877 plazas en el término municipal de Candasnos (Huesca) y se otorga la Autorización Ambiental Integrada para la Explotación Porcina de Cebo existente con capacidad para 3365 plazas, situada en el término municipal de Candasnos (Huesca) y promovido por D. Miguel Labara Clemente, en los siguientes términos:

Sustituir los apartados 3.1, 3.13 y 4 de la Resolución de 30 de julio del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por los siguientes apartados con misma numeración y dejando inalterado el resto de la resolución:

3.1. Las instalaciones existentes autorizadas para el desarrollo de la actividad se corresponden con dos naves idénticas de dimensiones 60 x 14 m, una tercera nave de dimensiones 100 x 10, un almacén de 4 x 7 me, una fosa ataluzada de almacenamiento de E.F.P. impermeabilizada con geomembrana de polietileno de alta densidad y con capacidad útil para almacenar 1895 m_, una fosa de cadáveres con una capacidad útil de almacenamiento de 35,20 m_, vado de desinfección, vallado perimetral y pediluvios a la entrada de cada local.

3.13. Para dar efectividad a esta Autorización Ambiental Integrada y otorgar el número de autorización asignado, se realizará visita de inspección de oficio por parte del Servicio Provincial de Medio Ambiente de Huesca, quien levantará la correspondiente comprobación.

4. La presente Autorización Ambiental Integrada se otorga con una validez de 8 años, en caso de no producirse antes modificaciones sustanciales en la instalación que obliguen a la tramitación de una nueva autorización, o se incurra en alguno de los supuestos de revisión anticipada de la presente Autorización previstos en la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación. El titular de la actividad deberá solicitar la renovación de la Autorización Ambiental Integrada 10 meses antes como mínimo del vencimiento del plazo de vigencia de la actual»

Zaragoza, a 22 de abril de 2008.-El Jefe del Área III, Juan Carlos Rabal Durán.